El Consejo de Ministros y Ministras ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Anteproyecto de ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en materia de protección de las personas trabajadoras que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Resulta necesario reforzar las garantías de indemnidad en el ámbito laboral, mediante la modificación de los preceptos correspondientes contenidos en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, ya que el sistema de protección quedaría enormemente debilitado si su respuesta se circunscribiese a garantizar la percepción de la indemnización prevista para el despido improcedente.

La nueva norma fortalece la protección de quienes contribuyen a una cultura de integridad, transparencia y defensa del interés general en el ámbito laboral.

El texto recoge la prohibición de discriminación, directa o indirecta, para el empleo o, una vez iniciada la relación laboral, la nulidad del despido durante el periodo de prueba, la nulidad de las órdenes de discriminar y de las decisiones de la empresa que supongan un trato desfavorable o una represalia, la nulidad del despido por causas objetivas y la nulidad del despido por causas disciplinarias, cuando se produzcan con ocasión de una revelación o de la presentación de información o comunicación conforme a lo previsto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Protección ante reclamaciones

Serán igualmente nulas las órdenes de discriminar y las decisiones de la empresa que supongan un trato desfavorable o una represalia contra las personas trabajadoras como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción administrativa o judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación o con ocasión de una revelación o presentación de información o comunicación relativas a infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Fuente: MITES.